Tras los acontecimientos del último mes de abril, en el que se conoció la sentencia del caso de “La manada”, volvemos la mirada hacia los temas de agresiones y abusos sexuales en España, buscando entender mejor cómo aparece tratado en los datos que se publican periódicamente en diferentes fuentes.
Al empezar el análisis de datos oficiales sobre el tema, lo primero que se puede observar es la falta de información estadística relacionada. Tanto a nivel estatal como a nivel autonómico, se observa que en los pocos datos encontrados, el enfoque dado por las autoridades se centra más en los agresores y los resultados de sus procesos penales. Otros datos importantes como el perfil de las víctimas y sus características, aparecen de forma discreta sin categorización o ni siquiera son mencionados. Una macroencuesta sobre violencia de género realizada en 2015 por el Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad es el documento que mejor refleja la situación de las víctimas frente a ese problema. Sin embargo, es importante señalar que, aunque dicha macroencuesta presente datos relevantes para la identificación de personas que sufren o que sufrieron abusos o agresiones sexuales en España, por su propia naturaleza de encuesta, aunque pone en evidencia la gravedad del problema, lo hace desde uno universo muy reducido (aprox. 10 mil mujeres), no aportando suficientes dados que reviertan en una actuación pública más efectiva.
También encontramos a nivel estadístico un importante y preocupante vacío teórico a la hora de ofrecer una explicación comprensible de cuáles son los tipos de violencia sexual existentes y de cómo identificarlos. Esto es porque, en relación a las víctimas de estos delitos, por ejemplo, además de casi no haber documentos que recojan datos específicos, en los pocos encontrados se observa la utilización del término general de violencia sexual, sin preocuparse en las diferencias de conceptos entre abuso y agresión. Igualmente se nota una carencia conceptual en otros documentos oficiales, como verificamos en las Estadística de Violencia Doméstica y Violencia de Género publicadas por el Instituto Nacional de Estadística, que a pesar de presentar cifras distintas para ambos conceptos, no delimita exactamente si estos números están basados en los conceptos entendidos por la victimas en las denuncias, en las atribuciones del juez o de acuerdo con el código penal.
En los datos extraídos del Ministerio del Interior, la distinción se muestra igualmente confusa al presentar una clasificación dividida en agresión sexual, agresión sexual con penetración y otros contra la libertad y la indemnidad sexual, sin traer mayores explicaciones sobre lo que cada ítem englobaría.
Más allá de la carencia conceptual y de ser un tema infrarrepresentado en las estadísticas estatales, el problema se intensifica a la hora de comparar la información existente, dado que se nota una gran discrepancia entre los números de denuncias y las sentencias condenatorias firmes.

Estos datos justificarían la desconfianza frente a la efectividad de la denuncia y de los procesos judiciales en temas de violencia machista y, en consecuencia, confirmarían la incompatibilidad de los bajos índices de denuncias contrastados con lo que se verifica en la macroencusta de 2015, y en las manifestaciones populares sobre el tema en España, como los movimientos #Amítambién, #MeToo, #Cuentalo, #LaManadaSomosNosotras.

De todo lo que se ha sido analizado sobre el tema, podemos identificar que el bajo número de denuncias de las mujeres que han sufrido abuso o agresión sexual en España, además de una consecuencia del temor a no ser creídas, puede ser un reflejo de la complejidad de entender las formas en que este tipo de violencia se presenta en la sociedad y de la confusión que se hace en el momento de su clasificación y tipificación a nivel legal. Es importante señalar que este desconocimiento popular de los conceptos no puede ser considerado trivial, dado que este influye directamente en la efectiva protección de los derechos de las mujeres que, por miedo a que la justicia no reconozca adecuadamente su caso o por no reconocer claramente su propia situación, simplemente no denuncian, y es un problema que acaba invisibilizándose.
Del caso de “la Manada”, lo que queda claro es que hay una gran divergencia en el ámbito jurídico entre lo que se entiende en determinados casos prácticos como abuso y lo que se entiende como agresión. Y si están disconformes los entendidos en derecho, más lo está aún la sociedad en general y las propias mujeres, que no tiene un amplio conocimiento sobre las definiciones concretas de ambos términos y acaban vulnerables y sujetas a la subjetividad de quien lo entiende. El caso de La Manada es un buen ejemplo de dicha vulnerabilidad y subjetividad, pues la decisión fue basada principalmente en lo que estaba en entrelineas de lo que se ha relatado la víctima, y de palabras claves como “no fue con mucha fuerza”, sumándose a ello que en ninguno de los informes periciales se reflejan moratones, contusiones ni marcas corporales. Sin embargo, ¿puede existir una violencia que no deje marcas? y en este caso, ¿cuán subjetivo es la interpretación de que es la violencia?
Más grave es concluir que las definiciones jurídicas presentan incoherencias en el marco conceptual de las violencias sexuales, ya que admiten que una violación, que según la RAE (Real Academia Esañola) es tener acceso carnal con alguien en contra de su voluntad, pueda existir sin violencia (abuso sexual tipificado conforme al artículo 181 CP), siendo que el propio acto en sí representa una violencia en diversos ámbitos a la mujer, tanto a nivel psicológico como físico y es incluso más crítico si nos fijamos que corporalmente el ‘no querer’ ya torna el acto doloroso y vulnerador.
Lo que se puede concluir de forma efectiva sobre este conjunto de datos que se encuentra en relación a las violencias sexuales, es que además de ser insuficiente, estos datos van, por su carácter omisivo, corroborar con la existencia de sentencias como la de La Manada, dado que poco ayudan a comprender la situación del problema y dificultan el empleo de cualquier acción efectiva de prevención, protección y penalización de este tipo de delitos. Así que, sea por la escasez de información o por la falta de interés en explicar qué son las violencias sexuales, lo que vemos hoy es un sistema jurídico que sigue impregnado de ideologías y valores patriarcales, rehén de discusiones que poco consideran los efectos de los hechos en las víctimas, que sean violadas o abusadas, continúan sin tener la justicia que corresponde a tales hechos.
El mensaje que se envía desde los medios de comunicación y de los tribunales es que un NO tiene que manifestarse solo con NO verbal, más allá de que las imágenes hablen por si solas. Mi cuerpo, pero sus reglas.