Estimada compañera, gracias por contactar con nosotras.

Es importante hacerte saber que tu experiencia no es un caso aislado y que existen mujeres que atraviesan por lo mismo. Tras la lectura de tu relato, nos queda claro que se trata de una forma de violencia ejercida en el ámbito laboral, concretamente, acoso sexual. Tal cómo nos describes en tu situación personal, éste comprende “cualquier tipo de comportamientos de naturaleza sexual verbal, no verbal o física (tocamientos, aproximarse demasiado, emitir juicios acerca del aspecto físico, etc.) no consentidos por la víctima que pueda generar incomodidad o un contexto hostil”, cómo también  nos dice la ley Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (BOE nº 71, de 23 de marzo de 2007), para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Podemos entender que te surjan dudas o sientas miedo a la hora de iniciar tanto el proceso de queja interna como el de denuncia, ya que a las mujeres históricamente no nos han creído, ya que el agresor puede ser una persona valorada socialmente, pero nosotras sabemos que eso no quita legitimidad a tus sentimientos ante una situación de violencia, y que además de derechos legales, tienes el derecho a compartirlo y si necesitas, buscar apoyo psicológico. Asimismo, hemos de decirte que actualmente en el estado español se están dando cada vez más denuncias y condenas por acoso sexual en el ámbito laboral.

Con vistas a ofrecerte algunos recursos, te damos a conocer diferentes vías de abordaje:

  • Denuncia dentro de la empresa: sindicato, comisión experta, departamento de recursos humanos o de prevención de riesgos laborales, o a un cargo superior. Si tu empresa tiene más de 50 trabajadores, debe tener elaborado un plan de igualdad que te ayudará a plantear la queja interna por acoso sexual. Si tu empresa tiene menos de 50 trabajadores, es posible que, de manera voluntaria, ya que no existe obligatoriedad, disponga de un protocolo al que poder acudir. En el caso de que tu empresa no tenga un plan o protocolo de igualdad, puedes denunciar los hechos a la dirección de la empresa (entendiendo que tu agresor es subordinado de otro director/a); puedes comprobar si en el convenio colectivo existe un protocolo frente al acoso y activarlo; por último, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo.
  • Para ello te puedes ayudar con la redacción de un documento escrito que recoja los hechos ocurridos. Este documento es importante porque ayudará a tener una descripción de cómo han ido dándose las conductas constitutivas de acoso, al largo del tiempo, sin olvidar detalles.
  • También puedes acudir a una profesional de salud para constatar las repercusiones psíquicas o físicas si las hubiera y pedirle un informe.
  • Para poderte asesorar, puedes acudir a un centro de información a las mujeres, por ejemplo, en Catalunya, está el Servei d’informació i atenció a les dones (SIAD) de tu municipio o a los Puntos de Información y Atención a las Mujeres (PIAD), en la ciudad de Barcelona.
  • Existen también asociaciones especializadas en temas de acoso. Por ejemplo, en Cataluña, está: Associació de víctimes d’assetjament laboral de Catalunya, sin requisitos previos de admisión y de manera confidencial y gratuita, simplemente tendrás que explicitar tu demanda en: http://www.avalc.es/es/03-asesorate.html.
  • Si quieres, también puedes denunciar ante la policía o en el juzgado. Plantear una queja interna no obsta para iniciar un procedimiento penal.

Puedes volver a contactarnos para cualquier otra duda que surja.

EQUIPO SIEMPREVIVAS