Sí es Sí
A raíz de casos tan mediáticos como el de La Manada, abogados especialistas en materia de violencia de género, como la penalista Carla Vall, consideran que España debería seguir los pasos de diferentes Estados europeos en relación a la nueva perspectiva legal del concepto de violación. Esto quiere decir que, en el siglo XXI, la falta de consentimiento expresado con un “SÍ” en cualquier relación sexual, ya debería ser considerada violación.
A principios de este año, el Parlamento de Portugal, por ejemplo, ha decidido reformar la ley penal para ampliar el concepto de violación. El poder legislativo ha aprobado de manera unánime que a partir de ahora toda práctica sexual sin consentimiento será considerada violación, habiendo o no penetración.
Portugal no está solo. De hecho, ya son algunos los Estados en el mundo que consideran la violación más que el simple hecho de la práctica de relaciones sexuales emprando violencia. En Europa, países como Bélgica, Chipre, Reino Unido, Alemania, Islandia y Luxemburgo ya han ajustado sus leyes a la realidad en temas de violencia sexual, ampliando el concepto de violación.
En España, sin embargo, aún estamos años luz de llegar a esta conclusión. La Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal continua considerando como violación toda práctica sexual llevada a cabo mediante violencia o intimidación, siempre que haya penetración. Si no se dan estas circunstancias, la ley y muchos de los operadores de la ley siguen entendiendo que la práctica sexual no consentida puede llegar a ser una simple agresión sexual con penas más leves.
Desde Siempre Vivas consideramos que actualmente sigue habiendo una confusión con el concepto de consentimiento, principalmente desde una mirada legal.
Claro está, que si una persona ante una relación sexual manifiesta su ausencia de voluntad con un “NO”, esto quiere decir que no quiere mantener relaciones sexuales. Pero debemos tener presente, que en muchas ocasiones, la víctima no quiere participar de un acto sexual pero no puede, o simplemente no dice el “NO” por factores ajenos a su voluntad. Estos pueden ser: miedo, estado de choque, o por encontrarse bajo los efectos de psicotrópicos. Son exactamente estas situaciones que muchas veces se ven sin amparo legal, principalmente cuando se tratan de casos en que el medio de prueba es la palabra de la mujer contra la del hombre.
Al camuflar los casos de violación bajo una máscara de mera agresión sexual, el sistema legal está demostrando que la gravedad de estos delitos no es medida por el acto sexual no consentido en sí, sino por la responsabilidad que se atribuye a la mujer al no expresar claramente lo que quería en ese momento.
Por este motivo, desde nuestro equipo de SiempreVivas, seguimos reivindicando del sistema jurídico español la gran responsabilidad de proteger los derechos de las mujeres de manera efectiva. Para esto, creemos que ya es hora de que los legisladores y juristas tomen consciencia que todo lo que traspasa la voluntad sexual de la mujer, incluso si no hay la negación expresa, es violación. La carga de la prueba no puede más recaer en un simple NO, al final las relaciones sexuales son resumidas en un instante.
Seguiremos luchando día tras día para podamos dar un paso más en la infinita lucha contra la justicia patriarcal. ¡ Solo Sí es Sí !