La trata de personas es un delito que vulnera los Derechos Humanos. Se ven afectadas muchas personas, especialmente, mujeres y niñas de diferentes países de alrededor del mundo.
Trata de personas, según el art. 177 bis del Código Penal, es todo acto que comporte la captación, el transporte, el traslado, la acogida, la recepción o el intercambio de personas, empleando medios como la violencia, la intimidación, el engaño, se abuse de una situación de poder o de necesidad de una persona o cualquier otro medio de coacción. Dichos actos pueden tener diferentes propósitos, como por ejemplo, la imposición de trabajos forzados, la explotación sexual (incluye la pornografía), la extracción de órganos corporales y la celebración de matrimonios forzados.
Existen diferentes protocolos y leyes a nivel internacional, europeo, estatal, autonómico y local. A nivel internacional existe el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que ha sido ratificado por España; a nivel europeo contamos con el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos y, a nivel estatal contamos con el Plan integral de lucha contra la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual 2015-2018, herramienta importante, ya que España es uno de los pocos países que tiene un plan específico para prevenir y combatir la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual.

La entidad religiosa Adoratrices, desarrolla en Cataluña el programa SICAR.cat, para atender a mujeres que son víctimas de trata de seres humanos y restituirles sus derechos. En la Memoria 2016 se recogen los datos en relación a la intervención que ofrecieron a víctimas de trata de personas con fines de explotación sexual. Hasta el año 2016 se identifica que 155 mujeres y niñas fueron atendidas, siendo 129 adultas y 26 menores. Se han abrieron 44 expedientes nuevos. En cuanto a la edad media de las mujeres víctimas de trata, sabemos que el 37% tenía entre 26 y 35 años y que procedían de 34 nacionalidades diferentes, destacando que el 53% provenía de Nigeria y el 9% de Rumanía.
De las mujeres atendidas en 2016, 96 solicitaron los servicios jurídicos, 9 denunciaron ante la policía y 12 obtuvieron permisos de residencia y trabajo. Se resolvieron el 98% de las demandas de necesidades básicas.
Según datos del Ministerio del Interior en el Balance 2016 sobre Prevención y Lucha contra la trata de seres humanos de carácter policial, 148 fueron las personas víctimas de trata con fines sexuales, sin distinguir entre mujeres y hombres, destacando que 9 fueron menores de edad. La edad media de las mujeres víctimas de trata era de los 18 a los 22 años, de procedencia Rumana y en las mujeres de China, la edad ascendía hasta los 42 años. Como aspecto diferenciador con la memoria presentada por SICAR.cat, cabe destacar que el Ministerio del Interior también aporta estadísticas sobre la trata con fines de explotación laboral, matrimonios forzados, mendicidad y actividades criminales.
Según los datos objetivos que aportamos en este análisis, podemos comprobar que existen diferentes herramientas, ya sean leyes, protocolos, convenios, etc., a nivel internacional y estatal, para abordar la problemática de la trata de seres humanos. Entonces, ¿Qué frena su efectividad?
Sabemos que España, desde 2008, tal y como se expone en el Global Slavery Index, no aporta la suficiente información, estadísticas e informes, sobre la trata de seres humanos, tal y como hemos podido comprobar en el análisis realizado previamente, al ser muy difícil encontrar información pública al respecto. Desde nuestro equipo coincidimos en que los estados y las regiones deberían tomarse en serio la creación de informes públicos y de fácil acceso, con datos extensibles a todo tipo de trata: sexual, laboral, mendicidad…
Para abordar la lucha contra la trata de personas necesitamos valernos de dos pilares básicos: la coordinación entre entidades públicas y privadas, y poner los recursos necesarios. Sin la aportación de recursos económicos y humanos no se pueden desarrollar los protocolos de actuación ya existentes, siendo fundamental su funcionamiento. Las organizaciones del tercer sector son fundamentales ya que sustentan la base del primer contacto con las víctimas, la atención continuada y el apoyo en las diferentes fases por las víctimas de trata. Si el Estado no se coordina con estos agentes, será muy difícil articular los instrumentos con los que ya contamos y, por ello, aconsejamos crear espacios de trabajo en conjunto para abordar la problemática de la trata de seres humanos. Por otra parte el hecho de que las medidas de protección estén vinculadas a la denuncia, dificulta que las víctimas puedan acceder al sistema judicial y las aleja de la reparación de su situación. Próximamente podremos acceder al nuevo informe del Grupo de expertos sobre la lucha contra la trata de seres humanos del Consejo de Europa (GRETA) dónde se reflejarán las recomendaciones de este organismo para la mejora de la lucha contra el tráfico de seres humanos en España.