Queremos poner en valor el hecho de que reconozcas la violencia y que hayas tomado medidas al respecto ya que se trata de situaciones y decisiones muy difíciles, también entendemos que tengas miedo de la reacción que pueda tener él ante todo esto.

Las mujeres han estado acostumbradas por muchos años a callar sobre las agresiones que son ejercidas sobre ellas, pero poco a poco esto está cambiando. Así como tú has interpuesto la denuncia, cada vez mas mujeres lo están haciendo y esto se está dando porque existe mayor visibilidad sobre el tema y cada vez más organizaciones ofrecen servicios de atención y asesoramiento jurídico. También es importante tener en cuenta que se han creado Juzgados Especializados en Violencia de Género, con profesionales expertos en el asunto.

Respondiendo a tu pregunta, no se puede ‘retirar’ una denuncia. Sin embargo, llegado al momento del sostenimiento de la denuncia en el procedimiento judicial, ya sea en fase de instrucción como en el propio juicio oral, la víctima puede optar por NO declarar, de acuerdo con el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En todo caso, siempre puedes cambiar tu decisión y volver a denunciar si se repiten los hechos. Te explicamos que, a pesar de que decidas no declarar, si hay otra prueba contundente periférica (como testigos, partes médicos, etc.) la Fiscalía puede solicitar la continuación del procedimiento, mismo sin tu declaración. Esto porque el Fiscal puede entender que hay pruebas suficientes para seguir con la acusación. En este último caso, tú NO formarás parte de la acusación. Esto depende de cada caso, hay que valorarlo con tu abogada/o.

Es importante que antes que decidas no declarar, tengas toda la información necesaria sobre las herramientas que tienes disponibles en estas situaciones y como ya te comentamos anteriormente, hay servicios que te pueden dar soporte para seguir adelante con el proceso judicial, sintiéndote más segura y acompañada. El hecho de que tu interpongas una denuncia por violencia hace que puedas solicitar una orden de protección, la cual provee el Juez y que ampara la protección física de la persona que ha sido agredida. Pero es importante tener en claro que para poder gozar de las medidas de protección, tanto del orden civil como del penal, es imprescindible presentar la denuncia, que será la que active todo el recorrido judicial.  Puedes ver aquí como funcionan las órdenes de protección civiles y penales.

Por otro lado, actualmente existen servicios paralelos al judicial especializados para mujeres que se encuentran en situaciones de violencia que pueden proporcionarte un soporte a muchos niveles, como puede ser: el acompañamiento psicológico, la opción de proporcionarte una casa de urgencia protegida o un soporte legal especializado para que puedas sentirte más segura y acompañada en todo este proceso.

En Barcelona tienes el Servicio de Atención, Recuperación y Acogida – SARA, (link a página web) el cual es un servicio ambulatorio que ofrece un espacio de atención integral y multidisciplinar –social, pedagógico, educativo, jurídico y de inserción laboral cuando sea necesario a las personas de la ciudad de Barcelona que viven, o han vivido, situaciones de violencia machista. Este Servicio ofrece trabajar en sus procesos de recuperación, también ofrecen un lugar de protección y seguridad a aquellas mujeres que hayan sufrido algún episodio de violencia y se encuentren en situación de riesgo, facilitando el acceso a los recursos residenciales específico y por último, informan sobre los recursos, servicios y circuitos en este ámbito.

Además, puedes encontrar aquí más información sobre las denuncias y aquí sobre los derechos generales de las victimas de violencia de género.

También te animamos a mirar otros artículos donde hablamos sobre lo que pasa después de la denuncia y sobre la culpa.

– EQUIPO SIEMPREVIVAS